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: Actualidad y DerechoSobre el instructivo vaticano Dignitatis Personae
By Carlos Riquelme
El año 1987 el vaticano entregó el instructivo Donum Vitae, más conocido como la Instrucción Vaticana sobre la vida humana naciente y la dignidad de la procreación, en la que se expresaron los principios éticos que se deben tener en cuenta en cuestiones de Bioética especial. Y ahora, 2008, el Vaticano emite la Instrucción Dignitatis Personae, que, a la luz de los avances tecnológicos y científicos de los últimos 20 años, viene a actualizar la opinión de la Iglesia Católica sobre la investigación biomédica.
La Dignitatis Personae, como ya dijimos, viene a actualizar la posición de la Iglesia Católica respecto de las investigaciones biomédicas y los avances de la ciencia en los últimos 20 años. Sin embargo, y para empezar, es necesario señalar que la Iglesia estima inmoral e ilegal cualquier acto de reproducción que no sea fruto del acto de amor conyugal. Y eso sí que deja varias opciones afuera.
¿Y de dónde sale todo esto? La misma Dignitatis Personae señala que el fruto de la generación humana desde el primer momento de su existencia, es decir, desde la constitución del cigoto, exige el respeto incondicionado, que es moralmente debido al ser humano en su totalidad corporal y espiritual. Esta afirmación de carácter ético, que la misma razón puede reconocer como verdadera y conforme a la ley moral natural, debería estar en los fundamentos de todo orden jurídico. Eso es lo que señala la Iglesia y es la base para determinar que cualquier forma de reproducción que no sea el acto de amor conyugal es inmoral e ilegal.
¿Qué nos puede decir la Iglesia de las miles de personas nacida fuera del matrimonio? ¿Carecen ellos de alma? No sabemos y no es una pregunta que se responda en el Instructivo Vaticano. Pero en todo caso, ésa no es la cuestión de este post.
La Iglesia prohíbe todas las técnicas de fecundación artificial heteróloga (técnicas ordenadas a obtener artificialmente una concepción humana, a partir de gametos procedentes de al menos un donador diverso de los esposos unidos en matrimonio) y las técnicas de fecundación artificial homóloga (técnica dirigida a lograr la concepción humana a partir de los gametos de dos esposos unidos en matrimonio) que sustituyen el acto conyugal.
En este sentido, la Iglesia sí considera lícitas las intervenciones médicas destinadas a “remover obstáculos” que impiden la fertilidad natural, entendidas como terapias, porque no es el acto médico el del resultado procreador, sino el de los cónyuges, una vez superada la causa de la fertilidad.
Sin embargo, es especialmente preocupante la distancia que la Iglesia toma del sentido común que muchos de sus fieles profesan, incluso cuando hablamos de una definición bastante amplia del sentido común. ¿La fertilización in-vitro es ilegal? Sí. ¿La Inyección intracitoplasmática de espermatozoides? También. ¿Por qué? Porque supone una completa disociación entre la procreación y el acto conyugal. Se confía la vida y la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona humana.
Pero, a pesar de todo, la Iglesia señala que para los cónyuges es un derecho convertirse en padre y madre solamente el uno a través del otro, y éste es un principio que la ciencia y las nuevas técnicas médicas deben respetar. Y, entonces, ¿qué pasa cuando los cónyuges son los que deciden “renunciar” a ese derecho y acudir a una técnica de fertilización? La Dignitatis Personae tampoco responde esa pregunta.
En todo caso, existe un aspecto aún más complicado con la Dignitatis Personae: la utilización de material biológico humano de origen ilícito (teológicamente, claro).
El Instructivo Vaticano señala, claramente, que la utilización de material biológico humano de “orígen ilícito” es equivalente al aborto: la misma valoración moral del aborto «se debe aplicar también a las recientes formas de intervención sobre los embriones humanos que, aun buscando fines en sí mismos legítimos, comportan inevitablemente su destrucción. Es el caso de los experimentos con embriones, en creciente expansión en el campo de la investigación biomédica y legalmente admitida por algunos Estados… El uso de embriones o fetos humanos como objeto de experimentación constituye un delito en consideración a su dignidad de seres humanos, que tienen derecho al mismo respeto debido al niño ya nacido y a toda persona.
Sin embargo, donde la Dignitatis Personae delimita muy bien el actuar de los científicos e investigadores, con las personas comunes y corrientes parece relajar un poco la mano: Razones de particular gravedad podrían ser moralmente proporcionadas como para justificar el uso de ese “material biológico”. Así, por ejemplo, el peligro para la salud de los niños podría autorizar a sus padres a utilizar una vacuna elaborada con líneas celulares de origen ilícito, quedando en pié el deber de expresar su desacuerdo al respecto y de pedir que los sistemas sanitarios pongan a disposición otros tipos de vacunas.
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Todo esto nos hace preguntarnos sobre el futuro de las investigaciones biomédicas, los resultados que tienen sobre las parejas infértiles y las políticas legislativas. ¿Seguirá nuestro país el consejo del Vaticano? La Dignitatis Personae parece ser más una carta con consejos para investigadores y científicos con onflictos éticos, más que para las personas y parejas particulares, que recurren a la medicina para resolver sus problemas de fertilidad. En este sentido, el Instructivo no parece ser una guía legislativa, pero no queda del todo claro.
La Iglesia Católica puede defenderse señalando que estos instructivos van dirigidos a los católicos, practicantes o no, sean médicos, científicos o particulares, pero demuestra su verdadera naturaleza cuando veladamente, como que no quiere la cosa, “recomienda” políticas legislativas que van de acuerdo con sus instructivos. Existe una razón por la que la Iglesia señala que la afirmación de carácter ético (de que desde la concepción existe el hombre como tal) debe servir de base fundacional para todo ordenamiento jurídico y que esta afirmación puede reconocerse como verdadera por la Razón. Así, tal cual, y son sonrojarse. Préparense para el lobby católico.
PS: En todo caso, ya me gustaría que un candidato presidencial que se declara católico señale que en su mandato se prohibirá toda forma de procreación que no se de en la cama conyugal (y entre los cónyuges, naturalmente).
Puedes leer el Instructivo Vaticano Dignitatis Personae aquí.
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Full post as published by Actualidad y Derecho on December 16, 2008 (boomark / email).

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