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: Actualidad y DerechoJurisprudencia para todos
By Carlos Riquelme
Anteriormente habíamos hablado del precio de las leyes y de las barreras que tienen (tenemos) las personas para acceder a las leyes de la República (barrera que gracias a la labor de la BCN ha disminuido gran cantidad).
Esta vez nos hacemos eco del llamado que hace Francisco Sanz en el Blog Legal de la BCN: La Jurisprudencia debe ser para todos.
¿Por qué?
Porque la decisión el asunto controvertido, es decir, la sentencia, es un acto o resolución del Poder Judicial, Poder del Estado, que por mandato de la Constitución (artículo 8º inciso 2) es público. Esto incluye que no tengamos que pagar por ella (no estoy sugiriendo que la Jurisprudencia sea entregada a los pies de mi casa, sino que el acceso a ella debe ser igualitario y libre de obstáculos. Ninguno de esos requisitos se cumple actualmente).
Si yo quisiera estar al tanto de los últimos fallos de nuestra Corte Suprema tendría que pagar (mucho) dinero a una empresa que se dedica a reunir los fallos y ponerlos a mi disposición en su sitio web. Ésa es una opción. La otra, casi igual de onerosa, es esperar a que llegué una revista o libro con los fallos más importantes y/o interesantes, eso sí, con cierto tiempo de atraso. Como ven, ninguna de las dos opciones cumple con lo establecido por la Constitución.

¿Qué Jurisprudencia? ¿Basta con la Jurisprudencia de los Tribunales Superiores de Justicia o también deben incluirse otros tribunales?
Soy de la opinión que no toda Jurisprudencia debe estar disponible, ya sea en el portal del Poder Judicial o en otro creado específicamente para eso.
En primer lugar, creo que el esfuerzo de crear un sistema que conecte todos los Tribunales Superiores del país ya es suficiente empresa como para además lograr interconectar los tribunales inferiores con el Tribunal Superior jerárquico correspondiente.
Pénsemoslo así: si queremos efectivamente publicar las sentencias de todos los tribunales del país debemos comenzar, naturalmente por los llamados Tribunales Inferiores, para luego seguir con sus superiores jerárquicos, las Cortes de Apelaciones y terminar con la Corte Suprema. Pero ¿no sería más fácil reunir solamente las sentencias de las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema? Después de todo, la sentencia del tribunal inferior será, en la mayoría de los casos, apelada, dando origen a una sentencia por parte de la Corte de Apelaciones correspondiente.
Un proyecto más abordable es el que pretende abarcar sólo las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia, que cuentan con mayores recursos y están situados en localidades de mayor y mejor conexión. Seguro que la Corte de Apelaciones podría dictar un auto acordado señalando que cada uno de los Tribunales bajo su Jurisdicción debe remitirle copia de todas y cada una de las sentencias que dicte, con el sólo fin de publicarlas en el Portal del Poder Judicial, pero el sólo hecho de enviar una copia a la Corte de Apelaciones implicaría recursos y días de atraso, ¿no creen?
¿Dudan? Miren el trabajo que ha hecho la Biblioteca del Congreso Nacional. Sí, se puede hacer.
Otro motivo que me lleva a decir que sólo las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia deben ser accesibles por todos libremente, es que son estas sentencias las que más importan en cuanto a fuentes del Derecho. El individuo contra el que se sigue un juicio tiene interés en la sentencia (de primera o segunda instancia), pero probablemente no necesite acceder a ella a través de un sistema computarizado puesto que será notificado de ella. En otras palabras, no tendrá interés en acceder a la sentencia X sobre el tema Y de la Corte de Apelaciones de Iquique. Pero para la comunidad jurídica, compuesta por estudiantes, abogados, jueces, asesores legislativos y (muchos) otros, no existe un interés personal en acceder a la sentencia de segunda instancia, sino uno profesional o académico. Dicha sentencia puede servir para estudiar, para analizar una nueva situación en vistas de una demanda, para analizar la doctrina del tribunal que la emitió, etc.
En todo caso, los Tribunales Superiores no son los únicos que dictan sentencias de interés para la comunidad jurídica. Por ejemplo, las sentencias del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal también pueden ser de interés en determinados temas. ¿Deberían ser incluídas? Por supuesto que sí. Sobre todo pensando en la juventud de nuestra Reforma Procesal Penal.
Propuestas.
En el mismo post, Francisco Sanz señala que una buena posibilidad para subsanar la dificultad que actualmente tiene la comunidad jurídica para acceder a la Jurisprudencia de los Tribunales Superiores es que los alumnos de las Escuelas de Derecho formen equipos de trabajo para sistematizar las diversas sentencias.
Aunque puede sonar muy bien, creo que no es el camino correcto. El esfuerzo lo debe hacer el Estado. Ya vemos lo que pasa cuando los estudiantes deben cargar con un deber del Estado (sí, te estoy mirando a tí, CAJ). El mismo Poder Judicial puede elaborar un plan piloto donde se ordene y sistematice el acceso a la Jurisprudencia de un Tribunal, una Corte de Apelaciones, por ejemplo, para luego seguir con otro, y con otros y así hasta completar la totalidad de los Tribunales Superiores de Justicia.
¿Qué pasa con el negocio de las bases de datos?
Evolución. Entre ellos y yo no existe igualdad de condiciones para acceder a estas resoluciones del Estado. Yo no puedo acceder a la Jurisprudencia de la Corte Suprema (o de la Corte de Apelaciones de Talca incluso) de la misma forma, o con los mismos costos que lo hacen ellos. ¿Debo pagar por acceder a una resolución que es pública? No. ¿Debe el Estado garantizar el acceso igualitario a la Jurisprudencia? Claro que sí.
Soy de la opinión que el negocio de las bases de datos como Lexis Nexis o MicroIuris es un negocio del pasado, cuando no existía internet y la única posibilidad de acceder a la Doctrina y Jurisprudencia de nuestros altos Tribunales de Justicia era viajar a la capital. Además de que no existía la consciencia de que los actos del Estado deben ser públicos.
En la actualidad, el Estado tiene las herramientas y los recursos para crear un portal donde se publiquen las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia, y nosotros el poder de acceder a través de internet, ¿Dudan? Miren el trabajo que ha hecho la Biblioteca del Congreso Nacional. Sí, se puede hacer.
¿Lexis Nexis se va a quedar sin negocio?
Lo dudo. Lexis Nexis y similares también deben evolucionar. Debe ofrecer un valor agregado. Comentarios, mayor sistematización, etc. Algo que me convenza de pagar dinero por ese servicio.
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Full post as published by Actualidad y Derecho on September 15, 2008 (boomark / email).
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