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: Ius & Law

La Corte Ya Recibe Pedidos de Audiencia

By Ramiro

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Ya se presentó un pedido de audiencia pública a la Corte Suprema basado en la nueva acordada 30. Y no fue otro que Alberto Bovino, con relación al caso del asesinato de Lisando Barrau en manos de un ex policía en junio de 2004.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación puso en vigencia, desde ayer (mediante la Acordada 30/2007) un sistema de audiencias públicas que fomentan la participación ciudadana y permiten a las partes alegar oralmente frente al tribunal, con el objeto de brindar mayor información a sus miembros antes de resolver el caso.

En la mañana de ayer se solicitó a la Corte que este nuevo mecanismo sea utilizado en el caso de Lisandro Barrau, ejecutado por la espalda por el agente policial Esteban Tarditti. En diciembre de 2005 se condenó a prisión perpetua al policía; sin embargo, en noviembre de 2006 la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal, con los votos de Catucci y Bisordi, revocó la condena a prisión perpetua de Tarditti.

La causa contra el asesino de Lisandro Barrau llegó a la Corte a través de una queja, y ya obtuvo dictamen favorable del Procurador General Dr. Esteban Righi. Alberto Bovino, apoderado de la Sra. Elba Barrau, mamá de Lisandro, presentó esta mañana la solicitud para que se realice esta audiencia pública informativa.

Por diversas razones, el caso reviste interés institucional suficiente como para que sea discutido en audiencia pública.

Es interesante preguntarse qué hará la Corte ante los distintos pedidos de audiencia que le vayan realizando. ¿Qué criterios utilizarán los jueces? Una de las características de la acordada 30 es que no contiene parámetros que indiquen en qué clase de causas se van a conceder las audiencias, aunque cabe suponer que las mismas tendrán 'relevancia institucional'.

Sin embargo, no es un concepto claramente asequible ni está en la acordada. Ésta habla sólo de 'ciertas causas' y afirma que las audiencias se celebrarán cuando lo dispongan 'al menos tres jueces'.

Tal vez, con el paso del tiempo, la Corte vaya formando una 'jurisprudencia interna' respecto de qué casos merecen tener audiencia y cuales no. Eso podría ocurrir de dos formas: a través del análisis casuístico de los comentadores del Tribunal (que evaluarán un conjunto de casos y buscarán puntos de conexión entre ellos) o a través de los fundamentos dados por los jueces de la Corte que convocan a audiencia o cuando resuelven rechazarla (sistematizados por comentadores). Esta última posibilidad parece difícil: dudo que los jueces se explayen sobre los fundamentos de dar o no audiencia.

Más información en No Hay Derecho

Full post as published by Ius & Law on November 08, 2007 (boomark / email).

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